Código de Conducta para los Miembros

Paid Advertisement

Introducción

El Código de Conducta para Miembros de AFP establece expectativas de comportamiento claras para promover la integridad, el profesionalismo y el respeto en toda la AFP.

En el cumplimiento de su misión de empoderar a individuos y organizaciones para practicar una procuración de fondos ética mediante educación profesional, networking, investigación e incidencia, la Association of Fundraising Professionals se esfuerza por crear un entorno en el que sus miembros puedan interactuar con profesionalismo, pertinencia e inclusión. La siguiente política articula los valores y expectativas de AFP respecto al comportamiento aceptable y apropiado entre sus miembros, tanto a nivel de capítulos locales como de la asociación global, e identifica conductas prohibidas. Se considera miembro a cualquier individuo u organización que forme parte de la membresía de AFP, con base en los criterios y estándares adoptados por el Global Board, y que se encuentre en buen estado. Al adherirse a esta política, las personas miembros contribuyen a una comunidad dinámica de aprendizaje y desarrollo. Esta política refleja y refuerza los Principios Rectores declarados por AFP, el Código de Estándares Éticos y la Declaración de Principios IDEA (Inclusión, Diversidad, Equidad y Acceso) de AFP.

Este Código rige la conducta de las personas miembros en todos los eventos de AFP y en relación con todos los roles y actividades de AFP, incluyendo reuniones y conferencias de AFP, así como reuniones o interacciones presenciales, telefónicas o en línea entre miembros de AFP, o cualquier actividad de voluntariado vinculada con sus funciones dentro de AFP. Las personas miembros de AFP también deben cumplir con el Código de Estándares Éticos de AFP.

AFP espera que todas las personas miembros interactúen y fomenten un entorno que refleje y refuerce los Principios Rectores de la Asociación y la Declaración de Principios IDEA (Inclusión, Diversidad, Equidad y Acceso) de AFP, promoviendo la bienvenida y el apoyo a una diversidad de personas, puntos de vista y experiencias; creando ambientes de colaboración, asociación y creatividad; y defendiendo la confianza, el valor y la integridad.

AFP prohíbe los siguientes comportamientos, incluyendo, entre otros:
 

  • Lenguaje o acciones abusivas, discriminatorias, despectivas o degradantes por parte de cualquier persona sujeta a esta política durante o en relación con eventos presenciales o virtuales patrocinados por AFP u otras actividades relacionadas con AFP;
  • Conductas de acoso tales como comentarios verbales ofensivos relacionados con género, orientación sexual, raza, religión, origen nacional, identidad de género, discapacidad u otras características demográficas de miembros o personas voluntarias;
  • Uso inapropiado de desnudez y/o imágenes sexuales en espacios o eventos patrocinados por AFP;
  • Intimidación deliberada, incluyendo acoso presencial o virtual;
  • Gritar o amenazar a ponentes, miembros, personal o personas voluntarias en relación con eventos o actividades de AFP;
  • Interrupción sostenida de conferencias u otros eventos;
  • Contacto físico no solicitado y, dadas las circunstancias, inapropiado, no deseado o coercitivo de naturaleza sexual;
  • Persistir en una conducta dirigida hacia otra persona después de haber sido informada de que dicha conducta es ofensiva o no deseada; y/o
  • Represalias contra personas que planteen preocupaciones relacionadas con conducta.

Por favor consulte aquí las Preguntas Frecuentes para más información.

Aplicación de esta Política

Las personas miembros que hayan sido objeto de, o hayan observado/presenciado, violaciones a esta política en cualquier programa o actividad de AFP a nivel local, regional, de capítulo o global, deberán reportar el asunto de manera oportuna conforme a los procedimientos del Comité del Código de Conducta para Miembros.

En caso de que el/la Presidente y CEO Global de AFP y/o el/la Presidente del Global Board de AFP hayan cometido una infracción, el Comité del Código de Conducta para Miembros creará un organismo especial e independiente de revisión.

Para iniciar una queja, complete el formulario correspondiente aquí. Las personas denunciantes deberán incluir información de contacto, identificación de la persona infractora, una descripción del incidente, incluyendo fecha y circunstancias de la presunta violación, así como una declaración explicando cualquier interacción previa relevante o relación profesional o personal que la persona denunciante tenga con la(s) persona(s) señalada(s) en la queja.

Se recomienda que cualquier persona que presente una queja o alegación conserve notas con los nombres de posibles testigos.

La persona denunciante deberá firmar una declaración que indique: “Autorizo a AFP a contactarme respecto a esta queja, si se considera necesario. Autorizo a AFP a compartir esta queja y cualquier otro material de apoyo que haya proporcionado o pueda proporcionar en el futuro con la persona objeto de la queja, los miembros del Comité del Código de Conducta para Miembros de AFP, los órganos de gobierno y personal de AFP según corresponda para atender el incidente, los abogados de AFP y otras personas que AFP considere apropiadas o según lo exija la ley.”

  • El Comité del Código de Conducta para Miembros revisará las alegaciones contenidas en la queja formal por escrito y determinará si, en apariencia, la queja denuncia una violación al Código de Conducta para Miembros de AFP. AFP tiene la discreción exclusiva para determinar qué quejas deben ser atendidas, cómo deben ser atendidas y qué acciones, si alguna, deben tomarse. Si las presuntas violaciones se relacionan con conductas ocurridas fuera de eventos de AFP, AFP podrá, a su exclusiva discreción, posponer la revisión o acción sobre la queja hasta que las alegaciones hayan sido investigadas por una entidad tercera con jurisdicción sobre los hechos y mayor autoridad investigadora que AFP, como el empleador de la persona miembro o un tribunal.
  • Si se determina que las alegaciones descritas en la queja no constituyen una violación a las políticas aplicables de AFP, no se tomará ninguna acción adicional y la persona denunciante será informada de dicha determinación.
  • Si se determina que la queja formal por escrito denuncia una conducta que viola este Código, el Comité del Código de Conducta para Miembros también remitirá la queja a la persona acusada a las direcciones registradas por AFP, salvo que el Comité determine que la consideración de la queja debe posponerse.
  • La persona acusada podrá presentar una respuesta por escrito a la queja dentro de los 30 días posteriores a la fecha de notificación del Comité.

En todas las investigaciones, la Asociación mantendrá la confidencialidad de manera consistente con una investigación y resolución justas e imparciales al aplicar esta política.

Mientras una investigación de queja esté en curso, la persona denunciante podrá solicitar que AFP proporcione protección frente a acoso, discriminación o intimidación durante actividades de AFP. Tales acciones pueden incluir, entre otras, prohibir la participación de la persona acusada en una actividad de AFP donde esté presente la persona denunciante, o proporcionar acompañamiento durante eventos de AFP.

Si el Comité determina que la persona acusada ha violado este Código, AFP podrá imponer sanciones que incluyen, entre otras, reprimenda, censura, suspensión y/o, en la medida en que sea consistente con los estatutos y otros documentos rectores, la revocación de la membresía en AFP. También podrán aplicarse otras medidas disciplinarias según se considere apropiado.

La violación de estos estándares también puede sujetar a la persona miembro a sanciones disciplinarias conforme a los Procedimientos de Aplicación Ética de AFP.
 

Paid Advertisement
Paid Advertisement

AFP Members receive the latest fundraising news in their inbox everyday.
Not a member and want a free weekly wrap-up sent to you?


Sign Up Now!

Recommended for You

Members: Sign in to view your personalized recommendations!

Sign in